Estudios Literarios

Doctorado. Curso 2024/2025.

Requisitos de titulación o formación previa específica

En la página web de la UCM www.ucm.es/normativa, así como en la de la Facultad de Filología y en las respectivas guías docentes, constarán las normas de acceso y admisión para el Doctorado, plazos de preinscripción y de resolución de las solicitudes, y plazos de reclamaciones y matricula en el Doctorado.

 

A) NORMAS GENERALES DE ADMISIÓN A DOCTORADO EN LA UCM

 

El Real Decreto 99/2011 de 28 de enero (BOE 10 de febrero) que regula las enseñanzas oficiales de doctorado, establece que las Universidades, a través de las Comisiones Académicas, podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la selección y admisión de los estudiantes a un programa de doctorado concreto.

 

Procedimiento.

1) Convocatoria.

Anualmente la Universidad Complutense de Madrid publicará la convocatoria del proceso de admisión a los estudios de Doctorado, donde se especificará el número de plazas ofertadas en cada uno de los Programas de Doctorado, así como los plazos y procedimientos para la presentación de solicitudes, y la documentación que haya de acompañar a las mismas. Es competencia del Rector de la UCM, o del Vicerrector en quien delegue, la convocatoria y resolución del proceso de admisión a los estudios de Doctorado en esta Universidad.

 

2) Preinscripción.

Los estudiantes formalizarán la preinscripción en el modelo normalizado que al efecto establezca la Universidad Complutense de Madrid, donde, por orden de preferencia, podrán solicitar su admisión a un máximo de tres programas de Doctorado. En el supuesto de que resultaran admitidos en más de un programa, solo se podrá formalizar la matrícula en uno de ellos. No obstante, si quedasen plazas vacantes en los otros programas solicitados, se podrán simultanear los estudios de doctorado en dos programas, previa autorización de la Comisión de Doctorado.

 

3) Reserva de plazas.

La Universidad Complutense de Madrid reservará plazas para ser adjudicadas entre los estudiantes con discapacidad, o calificados como deportistas de alto nivel. La plazas objeto de reserva para estos estudiantes que queden sin cubrir serán acumuladas a las ofertadas por la Universidad por el régimen general, en cada una de las convocatorias. La ordenación y adjudicación de las plazas reservadas se realizará atendiendo a los criterios de valoración que sean de aplicación a cada programa de Doctorado.

 

4) Plazas reservadas a estudiantes con discapacidad.

Se reservará el 5% de las plazas disponibles para estudiantes que, reuniendo los requisitos académicos correspondientes, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa. El certificado, dictamen o procedimiento de valoración de las minusvalías será realizado por el órgano competente de cada comunidad autónoma de procedencia del interesado.

 

4.1.) Sistemas y procedimientos de admisión adaptados a estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad:

 

 

El programa propuesto contempla todos los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. En el Programa de Acogida y Orientación de la UCM se contemplan actuaciones específicas para estudiantes con necesidades educativas especiales. Entre ellas destacan: entrevista individual y personalizada, información sobre puntos de accesibilidad para minusválidos, puestos adaptados por la ONCE para personas con discapacidad visual, biblioteca adaptada para personas con discapacidad, sistemas de apoyo humano para desplazamientos y posibilidades para adaptar el material de estudio a las condiciones de los estudiantes con este tipo de necesidades. Por otro lado, la Universidad Complutense de Madrid reservará un número determinado de plazas para ser adjudicadas entre los estudiantes con discapacidad, así como para estudiantes que han sido calificados como deportistas de alto nivel. La plazas objeto de reserva para estos estudiantes que queden sin cubrir serán acumuladas a las ofertadas por la Universidad por el régimen general, en cada una de las convocatorias. La ordenación y adjudicación de las plazas reservadas se realizará atendiendo a los criterios de valoración que se apliquen al programa de doctorado. En el caso de los estudiantes con discapacidad, se reservará un 5 por 100 de las plazas disponibles para los estudiantes que tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, o padezcan menoscabo total del habla o pérdida total de audición, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a las condiciones personales de discapacidad que durante su escolarización anterior hayan precisado recursos extraordinarios. En el caso de los deportistas, se reservará un 3 por 100 de las plazas disponibles para los estudiantes que, reuniendo los requisitos académicos correspondientes, el Consejo Superior de Deportes califique y publique como deportistas de alto nivel antes del 15 de junio del año en curso, o que cumplan las condiciones que establezca el Consejo de Universidades.

 

Asimismo las instalaciones de la Facultad de Filología de la Universidad Complutense están adaptadas para su utilización por las personas con discapacidad, existen aulas adaptadas para la accesibilidad de las personas con problemas de movilidad, garantizando que puedan cursar sus estudios en todos los cursos del plan de estudios. Desde los decanatos se arbitran las medidas pertinentes para que todo estudiante con algún tipo de discapacidad pueda seguir sus estudios en los Centros de la UCM.

 

5) Plazas reservadas a deportistas.

Se reservará el 3% de las plazas ofertadas en cada programa de doctorado para los estudiantes que, reuniendo los requisitos académicos correspondientes, acrediten su condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento antes del 15 de junio del año en curso, o que cumplan las condiciones que establezca el Consejo de Universidades.

 

6) Resolución de la convocatoria y de las reclamaciones. Por resolución del Rector o del Vicerrector en quien delegue, la Universidad publicará la adjudicación de las plazas ofertadas para los estudios de Doctorado en la forma prevista en la convocatoria. Los interesados que no resulten admitidos podrán presentar reclamación ante el presidente de la comisión académica del programa en los tres días siguientes a la publicación oficial de la adjudicación de plazas, el cual, tras la comprobación de las alegaciones efectuadas por el interesado, procederá a elevar la correspondiente propuesta de resolución a la reclamación.

 

B) PERFIL GENERAL DE INGRESO AL DOCTORADO EN LA UCM

 

1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.

 

2. Además podrán acceder quienes cumplan alguno de los siguientes supuestos:

 

a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007,de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.

 

b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos deformación a que se refiere el artículo 7.2 del RD 99/2011, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.

 

c) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos que no pertenezcan al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.

 

d) Podrán ser admitidos a los estudios de doctorado conforme al RD 99/2011, los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros que hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, o estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril.

 

e) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.

 

3. Los programas de doctorado podrán incluir requisitos y criterios adicionales, tanto para la admisión como para la selección, así como la exigencia de complementos de formación.

 

4. Los doctorandos solicitarán la admisión a un programa de doctorado a la Comisión Académica que será la responsable del procedimiento. En el proceso de admisión primarán los principios de mérito, igualdad y capacidad. En cualquier caso, existirá una comisión de reclamaciones dependiente del Vicerrectorado con competencias en posgrado.

 

 

C) PERFIL DE INGRESO RECOMENDADO EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO EN ESTUDIOS LITERARIOS:

 

Siempre dentro del marco normativo general de la UCM, el PDEL recomienda dos perfiles: un perfil principal y otro secundario, que se describen a continuación.

 

1) PERFIL PRINCIPAL:

 

Además de cumplir con los requisitos establecidos en la Normativa de Acceso y Admisión de la UCM, enumerados más arriba, el perfil de ingreso recomendado para acceder al Programa de Doctorado de estudios Literarios es el de un estudiante que haya cursado un Máster académico oficial o Estudios de Postgrado de las ramas de Estudios Literarios, Arte y Humanidades.

 

Esto es, el perfil de una persona que tiene las siguientes competencias y conocimientos: Cuenta con conocimientos avanzados en el ámbito de los estudios literarios y filológicos, las humanidades y el arte, así como conocimientos en la metodología de la investigación literaria, y una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la iniciación en tareas investigadoras, que generalmente se adquieren en los estudios de másteres universitarios en las áreas de Filología, Literatura, Arte y Humanidades. Las personas que respondan a este perfil de ingreso recomendado estarán exentas de realizar complementos de formación.

 

Este perfil de ingreso recomendado está basado en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, en lo establecido para el nivel de Máster Universitario (MECES-3) (Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio), por lo que los solicitantes deberán contar con las siguientes competencias, expresadas en resultados de aprendizaje:

 

a) Haber adquirido conocimientos avanzados y demostrado, en un contexto de investigación científica, una comprensión detallada y fundamentada de los aspectos teóricos y prácticos y de la metodología de trabajo en los campos de estudio propios del Programa.

 

b) Saber aplicar e integrar sus conocimientos, la comprensión de estos, su fundamentación científica y sus capacidades de resolución de problemas en entornos nuevos y definidos de forma imprecisa, incluyendo contextos de carácter multidisciplinar tanto investigadores como profesionales altamente especializados

 

c) Saber evaluar y seleccionar la teoría científica adecuada y la metodología precisa de sus campos de estudio para formular juicios a partir de información incompleta o limitada incluyendo, cuando sea preciso y pertinente, una reflexión sobre la responsabilidad social o ética ligada a la solución que se proponga en cada caso

 

d) Ser capaces de predecir y controlar la evolución de situaciones complejas mediante el desarrollo de nuevas e innovadoras metodologías de trabajo adaptadas al ámbito científico/investigador concreto, en general multidisciplinar, en el que se desarrolle su actividad

 

e) Saber transmitir de un modo claro y sin ambigüedades a un público especializado o no, resultados procedentes de la investigación científica, así como los fundamentos más relevantes sobre los que se sustentan

 

f) Haber desarrollado la autonomía suficiente para participar en proyectos de investigación y colaboraciones científicas dentro su ámbito temático, en contextos interdisciplinares y, en su caso, con una alta componente de transferencia del conocimiento

 

g) Ser capaces de asumir la responsabilidad de su propio desarrollo profesional y de su especialización en uno o más campos de estudio.

 

2) PERFIL SECUNDARIO:

 

Además de cumplir con los requisitos establecidos en la Normativa de Acceso y Admisión de la UCM, enumerados más arriba, el perfil de ingreso secundario para acceder al Programa de Doctorado de estudios Literarios es el de un estudiante que proviene de Másteres o Estudios de Postgrado de orientación profesional o de Ciencias Sociales.

 

A los solicitantes que no respondan al perfil Principal de acceso recomendado atendiendo a sus conocimientos previos, por proceder de estas otras áreas indicadas, se les requerirá, de ser admitidos, ciertos Complementos de formación. Dichos estudiantes deberán cursar 18 créditos de entre los ofertados en el " Máster en Estudios Literarios" correspondientes al Módulo 1, Materia " Literaturas Europeas Comparadas" (Ver descripción del módulo más abajo).

 

EN AMBOS CASOS (Perfil Principal y Secundario): Los estudiantes no hispanohablantes deberán además acreditar un nivel de español C2. La posesión del nivel recomendado se comprobará mediante la presentación del Certificado o Título Universitario correspondiente emitido por Institutos Oficiales de Idiomas o instituciones equivalentes nacionales o extranjeras.

 

COMPLEMENTOS DE FORMACIÓN

 

Perfil secundario: alumnos que provienen de Másteres de orientación profesional: deben realizar, con carácter obligatorio, 18 créditos del "Máster en Estudios Literarios". Dichos alumnos tendrán que escoger 18 créditos del "Máster en Estudios Literarios" correspondientes al Módulo 1, Materia "Literaturas Europeas Comparadas" 

 

Criterios de valoración

Criterios de valoración Máximo número de puntos
Expediente académico en la titulación de acceso 30
Expediente académico en la titulación de acceso, ponderado por la media de titulación y año de finalización 0
Curriculum vitae 10
Formación específica (exceptuando titulación de acceso) 10
Experiencia profesional en el ámbito del conocimiento del máster 10
Experiencia docente e investigadora 15
Adecuación del perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa 15
Entrevista personal 0
Conocimientos de idiomas acreditados por organismos oficiales 5
Otros méritos (pueden especificarse méritos concretos o valorarse de forma global) 5