Ingeniería Química
Doctorado. Curso 2024/2025.
Organización del programa
La Universidad Complutense de Madrid, a través de las Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado (CAPD) o las Escuelas de Doctorado, establece los mecanismos de evaluación y seguimiento, la realización de la tesis en el tiempo proyectado y los procedimientos previstos en casos de conflicto.
Una vez matriculado en el programa, se materializará para cada doctorando el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado de control. En él se deben inscribir todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando y será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis, y evaluado por la Comisión Académica Responsable del Programa de doctorado (CAPD).
Antes de la finalización del primer año el doctorando debe elaborar un Plan de Investigación que incluya al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho plan puede ser mejorado y detallado a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director.
Anualmente la comisión académica del programa de doctorado evaluará el Plan de Investigación y el Documento de Actividades junto con los informes, que a tal efecto, deben emitir el tutor y el director. La evaluación positiva es requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que debe ser debidamente motivada, el doctorando será de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto debe elaborar un nuevo plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.
El doctorando puede realizar estancias cortas en otros centros, siempre y cuando se estime que están encaminadas a su mejor formación doctoral. Para ello se debe contar con la aprobación de la CAPD, previa propuesta del director/es de tesis, que deben exponer los motivos para dicha estancia. Las estancias no deben superar un tiempo superior a tres meses por año, salvo casos excepcionales así considerados por el director/es y aprobado por la CAPD, por su interés a la formación del doctorando. El Programa de Doctorado no se hace cargo de ningún gasto derivado de estas estancias.
El supervisor de la actividad realizada durante la estancia debe emitir un informe sobre el grado de aprovechamiento y formación adquirida por el doctorando durante la misma. El doctorando debe registrar esta actividad en el Documento de Actividades junto con el informe emitido por el supervisor, para su validación, valoración y evaluación.